Articulo 23 Presupuestos 2011 Navarra

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Artículo 23. Representación del Gobierno de Navarra en Bruselas.

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Todos los gastos necesarios para el normal funcionamiento de la representación del Gobierno de Navarra en Bruselas serán abonados a través de anticipos de caja fija o, en su caso, de órdenes de pago a justificar.

La Delegada del Gobierno de Navarra en Bruselas podrá autorizar los gastos y pagos antes mencionados, siendo necesaria la autorización previa del Director General de Desarrollo Internacional para aquellos cuya cuantía exceda de 3.000 euros.

La intervención general del Gobierno de Navarra supervisará en todo caso las justificaciones y gastos efectuados en ambas delegaciones.