Articulo 23 Normas sobre ...cia humana

Articulo 23 Normas sobre medidas higiénico-sanitarias en perros y gatos de convivencia humana

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Artículo 23.

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Por las Direcciones Generales de Administración Local y de Sanidad se dictarán, dentro de sus respectivas competencias, las resoluciones complementarias con el fin de desarrollar esta Orden ministerial.

Lo digo a VV. II. a los procedentes efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 14 de junio de 1976.

FRAGA IRIBARNE

Ilmos. Sres. Directores generales de Sanidad y Administración Local.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-07-1976 en vigor desde 03-08-1976