Articulo 23 Medidas urgen...o REACT-EU

Articulo 23 Medidas urgentes para la implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU

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Artículo 23. Régimen jurídico

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Los convenios previstos en el apartado anterior se rigen por la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, en el caso de los convenios de colaboración científica, en aquello que sea aplicable con las especialidades siguientes:

a) Su tramitación y formalización tiene carácter preferente y se rige por los principios de simplificación y agilización con el objetivo de garantizar el cumplimiento eficaz de las finalidades perseguidos con su formalización. A estos efectos, el expediente debe contener una memoria justificativa de la propuesta y un informe emitido por el órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico.

b) Se puede iniciar la tramitación y formalización de convenios que deban tener efectos en el siguiente ejercicio presupuestario de forma anticipada si bien el pago, si procede, no se producirá hasta el ejercicio siguiente.

c) Se pueden efectuar pagos por adelantado del importe total a percibir de hasta el 50% a efectos de poder realizar las actuaciones preparatorias de las actuaciones financiadas.

d) Una vez formalizados los convenios en los que sea parte la Administración de la Generalidad o las entidades de su sector público, estos se publican en el Registro de convenios de colaboración y cooperación de la Generalidad de Cataluña de acuerdo con la normativa aplicable.

e) El órgano competente para suscribir convenios puede aprobar modelos tipo de convenios con el fin de facilitar la tramitación y formalización.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-02-2021 en vigor desde 05-02-2021