Articulo 23 Medidas Tributarias y Administrativas 2012 CLeón
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Articulo 23 Medidas Tributarias y Administrativas 2012 C.León

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Artículo 23. Introducción del Capítulo XLIII en el Título IV de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad.

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Se introduce un nuevo Capítulo XLIII, que comprende los artículos 201 a 204, en el Título IV de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad, con la siguiente redacción.

«CAPÍTULO XLIII: TASA POR LA EVALUACIÓN O EMISIÓN DE INFORMES PREVIOS A LA CONTRATACIÓN DE DETERMINADAS MODALIDADES DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR POR PARTE DE LAS UNIVERSIDADES.

Artículo 201. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la actividad administrativa inherente a la evaluación o emisión de informes previos a la contratación de las siguientes modalidades de personal docente e investigador por parte de las universidades.

profesor Contratado Doctor, Ayudante Doctor, profesor de Universidad privada con título de Doctor o profesor Colaborador.

Artículo 202. Sujetos Pasivos.

Son sujetos pasivos de la tasa las personas que soliciten las actuaciones administrativas constitutivas del hecho imponible.

Artículo 203. Devengo.

La tasa se devenga en el momento de presentación de la solicitud que inicie la actuación administrativa, que no se tramitará mientras no se haya efectuado el pago.

Artículo 204. Cuotas.

La tasa por la evaluación o emisión de informe de cada figura contractual se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas.

- a) si la tramitación en alguna de las fases del procedimiento se hace de manera presencial: 170,00 €.

- b) si la tramitación de todo el procedimiento se hace de forma telemática: 160,00 €.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2012 en vigor desde 01-01-2013