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Articulo 23 Medidas tributarias 2010 Aragón

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Artículo 23. -Modificación de la Tasa 35, por evaluación de ensayos clínicos y otras actuaciones relativas a medicamentos y productos sanitarios.

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Se introduce un nuevo artículo 160 bis en el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, con la siguiente redacción.

«Artículo 160 bis.-Exenciones.

Están exentas del pago de la tasa las actuaciones dirigidas a la evaluación de ensayos clínicos y estudios postautorización prospectivos con medicamentos y productos sanitarios, en los siguientes supuestos.

a) Cuando su promotor sea una Administración Pública.

b) Cuando sean financiados con cargo a fondos públicos.»