Articulo 23 Medidas Fisca... de Madrid

Articulo 23 Medidas Fiscales y Administrativas 2008 de Madrid

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 23. Modificación parcial de la Ley 21/1998, de 30 de noviembre, de Ordenación, Protección y Promoción de la Artesanía en la Comunidad de Madrid.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifican los preceptos que a continuación se indican de la Ley 21/1998, de 30 de noviembre, de Ordenación, Protección y Promoción de la Artesanía en la Comunidad de Madrid.

Uno. El apartado 3 del artículo 6 queda redactado de la siguiente forma:

«3. Ambos tipos de documentos serán requisitos indispensables al objeto de hacer uso de los distintivos expedidos por la Comunidad de Madrid que acrediten la autenticidad del carácter artesanal de la producción, si bien los titulares de cada uno de los mencionados documentos podrán ser objeto de tratamiento diferenciado, previo informe del Consejo Madrileño para la Promoción de la Artesanía, que se crea y regula en la presente Ley.»

Dos. Se suprime el contenido del apartado 4 del artículo 8.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2008 en vigor desde 01-01-2009