Articulo 23 Entidades Locales Menores
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Artículo 23. Transparencia.

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1. De conformidad con lo establecido en la legislación estatal y autonómica en materia de transparencia de la actividad pública, las entidades locales menores son sujetos obligados por las normas de transparencia, en su doble vertiente de publicidad activa y de derecho de acceso a la información pública por parte de todos los ciudadanos.

2. El Gobierno de Cantabria, a través del departamento competente en materia de Administración Local facilitará a las entidades locales menores la herramienta web que les permita cumplir con las obligaciones del apartado anterior en relación con la transparencia de la actividad pública y de publicidad activa.

3. El incumplimiento de las obligaciones de transparencia dará lugar a las sanciones recogidas en la regulación de la materia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-06-2022 en vigor desde 22-06-2022