Articulo 23 Decreto236/20...madeAragón

Articulo 23 Decreto236/2005,de22denoviembre,delGobiernodeAragón,porelqueseapruebaelReglamentodelaproducción,posesiónygestiónderesiduospeligrososydelrégimenjurídicodelserviciopúblicodeeliminaciónderesiduospeligrososenlaComunidadAutónomadeAragón.

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Artículo 23. Colaboración con el sector privado.

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1. El Gobierno de Aragón, con la finalidad de garantizar la gestión eficaz de los residuos peligrosos, promover su reducción en origen y fomentar un uso responsable de los recursos, podrá suscribir convenios de colaboración con las organizacionesempresariales y con las asociaciones y entidades titulares de intereses legítimos en la materia.

2. El Gobierno de Aragón, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente, promoverá un sistema de colaboración con el gestor del servicio público de eliminación de residuos peligrosos. Losproductores de residuos podrán voluntariamente adherirse al mismo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-12-2005 en vigor desde 13-12-2005