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Articulo 23 Condiciones sanitarias de la carne de caza con destino a consumo humano

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Artículo 23. Examen de acreditación de la formación en materia de caza.

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1. Todas las personas interesadas en obtener la acreditación de la adquisición de la formación en materia de caza por la vía prevista en el artículo 22.a), presentarán solicitud según modelo que figura como Anexo VIII. Dicha solicitud se dirigirá a la Dirección Gerencia del Distrito de Atención Primaria o Área de Gestión Sanitaria que organice el examen en el que la persona interesada pretenda participar.

2. El Distrito Sanitario de Atención Primaria o Área de Gestión Sanitaria convocará al menos dos exámenes al año. Uno de los exámenes se realizará en los quince días previos a la fecha de inicio del periodo hábil para las especies cinegéticas del ciervo y jabalí de la temporada en vigor y el segundo en fecha a elección. De los exámenes se dará adecuada publicidad en los tablones de anuncios y/o páginas web de los distintos Distritos o Áreas con al menos cincuenta días de antelación, admitiéndose las solicitudes recibidas hasta cinco días antes de la fecha de la convocatoria. Se podrán establecer colaboraciones entre Distritos para gestionar el examen, incluso a nivel provincial, con la participación de las Delegaciones Territoriales o Provinciales de la Consejería competente en materia de salud.

3. El examen consistirá en un test de veinticinco preguntas con respuestas múltiples a desarrollar en un tiempo de una hora, bajo la supervisión de personas dependientes de la Unidad de Protección de la Salud del Distrito o Área correspondiente, quienes evaluarán el resultado. Se considerará superado si se responde correctamente al menos el 80% de las preguntas planteadas.

4. Una vez realizado el examen, la persona titular de la Dirección Gerencia del Distrito de Atención Primaria o Área de Gestión Sanitaria, en el plazo máximo de un mes, hará pública una lista con las personas que hayan superado el examen y emitirá un certificado de superación del mismo que servirá como acreditación a los efectos del artículo 22.a).