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Articulo 23 Ciencia, tecnología e innovación de La Rioja

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Artículo 23. Captación, retorno y retención del talento del personal de la investigación.

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1. El Gobierno de La Rioja, la Universidad de La Rioja y otras instituciones académicas y de investigación desarrollarán políticas y programas estratégicos que tengan por objetivo la atracción, retención, retorno y estabilización del talento del personal de la investigación del sector público.

2. El impulso de políticas y programas propios de investigación, desarrollo e innovación con los objetivos de la atracción, retención, retorno y estabilización de talento del personal de la investigación puede hacerse extensivo a otros agentes del Sistema Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-04-2023 en vigor desde 26-04-2023