Articulo 23 Aprovechamien... Ambiental

Articulo 23 Aprovechamiento eólico, canon eólico y Fondo de Compensación Ambiental

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 23. Creación y naturaleza.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Para la aplicación de actuaciones globales destinadas a la conservación, reposición y restauración del medio ambiente y reequilibrio territorial se crea el Fondo de Compensación Ambiental, al que serán de aplicación las disposiciones previstas en este capítulo y las establecidas en las órdenes que, para la regulación del mismo, se dicten por la consejería competente en materia de régimen local.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2009 en vigor desde 30-12-2009