Articulo 23 Agencia tributaria

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Artículo 23.- Contratación.

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1. La contratación de la Agencia Tributaria Canaria se ajustará a la normativa de contratos del sector público.

2. El órgano de contratación de la Agencia Tributaria Canaria es la persona titular de la Dirección.

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  • Texto Original. Publicado el 07-08-2014 en vigor desde 08-08-2014