Articulo 229 TR Ley del Suelo

Articulo 229 TR. Ley del Suelo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 229.- Restablecimiento de la legalidad en parcelaciones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En las parcelaciones ilegales las operaciones de restauración de los terrenos consistirán en la roturación de caminos, desmonte o destrucción de servicios, demolición de vallados y cualesquiera otras que resulten necesarias para el pleno restablecimiento de la realidad física alterada.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-12-2005 en vigor desde 09-01-2006