Articulo 229 TR. Ley del Suelo
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»Artículo 229.- Restablecimiento de la legalidad en parcelaciones.
Vigente
En las parcelaciones ilegales las operaciones de restauración de los terrenos consistirán en la roturación de caminos, desmonte o destrucción de servicios, demolición de vallados y cualesquiera otras que resulten necesarias para el pleno restablecimiento de la realidad física alterada.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-12-2005 en vigor desde 09-01-2006