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Articulo 226 Tasas y precios públicos de Andalucía

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Artículo 226. Cuota tributaria.

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La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa:

1.

Por expedición de licencias de pesca continental en Andalucía:

Importe

1.1.

Tipos de licencia de pesca y recargos:

1.1.1

Básica.

7,67 euros/año

1.1.2

Recargo pesca de trucha.

3,84 euros/año

1.1.3

Recargo medio auxiliar con motor.

14,71 euros/año

1.1.4

Recargo medio auxiliar sin motor.

10,71 euros/año

1.1.5

Licencia pesca temporal.

14,71 euros/periodo autorizado

Las licencias podrán expedirse por 1, 3 y 5 años.

Para la expedición de la modalidad de recargo es obligatoria la licencia básica.

La autorización para la licencia de pesca temporal tendrá una vigencia máxima de 15 días.

2.

Por expedición de permisos de pesca en cotos gestionados por la Consejería con competencias en materia de pesca continental en Andalucía.

Importe

2.1.

Coto trucha común sin muerte.

5,44 euros/permiso

3.

Por aprovechamientos piscícolas en acotados de titularidad pública en régimen de concesión en Andalucía:

Importe

3.1.

Acotados de pesca de salmónidos sin muerte.

12 euros/(*)/año

3.2.

Acotados de pesca de salmónidos con muerte.

23 euros/(*)/año

3.3.

Otros acotados de pesca.

10 euros/(*)/año

(*) Hectárea/Metro/Decámetro/Kilómetro según sea la naturaleza física del acotado (tramo fluvial de montaña, tramo fluvial bajo, embalse o cola de embalse).

4.

Derechos de examen para la acreditación de la aptitud y conocimientos para el ejercicio de la pesca continental en Andalucía.

32,31 euros/examen

5.

Por precintado de redes, artes y otros medios de pesca continental en Andalucía:

Importe

5.1.

Precinto de arte de captura.

3,84 euros/precinto

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2021 en vigor desde 01-01-2022