Articulo 225 TR. de la ley municipal y de régimen local
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»Artículo 225. Conservación y mejora.
Vigente
225.1 La titularidad de los bienes supone la obligación de conservarlos y mejorarlos.
225.2 Si, por su naturaleza, los bienes son objeto de regulación sectorial, los entes locales tienen que hacer los actos de administración, de conservación y de fomento que determina la legislación especial.
225.3 Los bienes inmuebles y los bienes muebles de carácter histórico, artístico o de considerable valor económico pueden asegurarse, una vez hechos la valoración y el estudio económico.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-05-2003 en vigor desde 21-05-2003