Articulo 225 Atención y d...olescencia

Articulo 225 Atención y derechos de la infancia y la adolescencia

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Artículo 225. Objeto, funciones y composición

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1. El Observatorio de la Infancia y la Adolescencia de las Illes Balears se configura como un órgano colegiado de composición mixta y multidisciplinar adscrito a la consejería competente en materia de infancia y familia del Gobierno de las Illes Balears, de carácter consultivo y con capacidad de propuesta, de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, con funciones de asesoramiento, apoyo y estudio en materia de los derechos de la infancia y la adolescencia.

2. La composición, los objetivos y el régimen de funcionamiento se establecen reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-02-2019 en vigor desde 28-05-2019