Articulo 223 Puertos y tr...tinentales

Articulo 223 Puertos y transporte en aguas marítimas y continentales

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Artículo 223. Prestación de los servicios

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La prestación de los servicios de transporte objeto de la presente ley queda sujeta al cumplimiento de las prescripciones establecidas por la normativa vigente sobre transporte y seguridad de buques, así como a los requerimientos u órdenes que emanen de los órganos administrativos competentes en esta materia.

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  • Texto Original. Publicado el 30-12-2019 en vigor desde 30-03-2020