Articulo 2203 Medidas Fis...os Propios

Articulo 2203 Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios

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Artículo 220-3. Obligación de suministrar información tributaria en soporte informático o telemático.

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El cumplimiento de cualquier obligación legal de suministro regular de información con trascendencia tributaria relativa a cualquiera de los impuestos cedidos por el Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, ya venga establecida por norma estatal o autonómica, deberá realizarse utilizando los soportes magnéticos directamente legibles por ordenador o por vía telemática que, en su caso, se determinen reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2005 en vigor desde 01-01-2006