Articulo 22 Uso de inform...es penales

Articulo 22 Uso de información para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 22. Procedimiento de comité

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La Comisión estará asistida por un comité. Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) n.º 182/2011.

2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, será de aplicación el artículo 4 del Reglamento (UE) n.º 182/2011.

3. En los casos en que se haga referencia al presente apartado se aplicará el artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 182/2011.