Articulo 22 Turismo de Cantabria
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»Artículo 22. De carácter general.
Vigente
Los derechos y obligaciones de los usuarios quedarán afectos, en cualquier caso, a lo dispuesto por la legislación vigente en materia de defensa de usuarios y consumidores.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-03-1999 en vigor desde 26-03-1999