Articulo 22 Transición Energética y Cambio Climático de País Vasco
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Artículo 22.- Directrices de eficiencia energética.

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1.- La Administración general del País Vasco promoverá y facilitará la eficiencia energética y la gestión de la demanda en todos los sectores consumidores de energía y sectores productivos.

2.- Las administraciones públicas vascas propondrán medidas para asegurar el cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente ley, inclusive medidas alternativas de tipo regulatorio, económico, fiscal o de información y comunicación, que habrán de ser ejecutadas por los diferentes sectores consumidores, públicos o privados.

3.- Las medidas específicas de ahorro y eficiencia serán establecidas reglamentariamente y en los planes y las estrategias establecidas en esta ley, incorporando medidas sectoriales concretas y, en las que corresponda, la obligatoriedad de estas medidas, así como los mecanismos de financiación de las actuaciones a desarrollar. Los planes y las estrategias deberán, entre otros aspectos, dar especial relevancia a la reducción del consumo energético, a través de:

a) El fomento del consumo de productos de proximidad y la economía circular.

b) El aprovechamiento de la energía térmica excedentaria de los procesos productivos.

c) El fomento de la movilidad no motorizada.

d) El diseño urbanístico que minimice las necesidades energéticas.

e) La educación en el uso eficiente de la energía.

f) El fomento de la eficiencia de las instalaciones térmicas, así como del sector de la edificación, la rehabilitación y la regeneración urbana.

g) La evaluación de diferentes alternativas en relación con la eficiencia energética en aquellos proyectos de grandes infraestructura y equipamientos cuya titularidad corresponda a las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma.

h) La adaptación progresiva del alumbrado público a fin de permitir el consumo eficiente de energía y la reducción de la contaminación lumínica.

4.- Se impulsarán las estrategias empresariales y los modelos de negocio innovadores que incrementen la productividad y la prestación de servicios, aunando la eficiencia energética con la eficiencia en el uso de materiales y de tiempo.

5.- Se potenciará la puesta en marcha de mecanismos que promuevan iniciativas y proyectos para la mejora de la eficiencia energética.