Articulo 22 TR. Ley de Prevención Ambiental
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 22. Notificación y publicidad.
Vigente
1. El órgano competente notificará la resolución a los interesados, al Ayuntamiento donde se ubique la actividad o instalación, a los distintos órganos que hubiesen emitido informes vinculantes y, en su caso, a los órganos competentes para otorgar autorizaciones preceptivas.
2. Las autorizaciones ambientales se publicarán en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-11-2015 en vigor desde 14-11-2015