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Artículo 22 ter Auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas

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Artículo 22 ter. Preparación de la auditoría legal y evaluación de las amenazas a la independencia

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Los Estados miembros se asegurarán de que, antes de aceptar o continuar un contrato para la realización de una auditoría legal, los auditores legales o sociedades de auditoría evalúen y documenten los siguientes aspectos:

- el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 22 de la presente Directiva,

- la existencia de amenazas que comprometan su independencia y las salvaguardias que apliquen para atenuar tales amenazas,

- la disponibilidad de empleados competentes, y del tiempo y los recursos necesarios para realizar la auditoría legal de forma apropiada,

- en el caso de una sociedad de auditoría, la autorización del principal socio auditor como auditor legal en el Estado miembro que exige la auditoría legal.

Los Estados miembros podrán establecer requisitos simplificados para las auditorías a que se refiere el artículo 2, apartado 1, letras b) y c).

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