Articulo 22 Tasas
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»Artículo 22. 1-1. Hecho imponible
Vigente
Constituye el hecho imponible de esta tasa la utilización de las siguientes instalaciones del IVAM:
a) Salón de actos
b) Hall de la planta baja
c) Hall de la segunda planta
d) Explanada
e) Lab 1
f) Lab 2
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. [2023/13136]
(DOGV de 30-12-2023) en vigor desde 01-01-2024