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Articulo 22 Servicios sociales de Navarra

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Artículo 22. Aprobación de la Cartera de servicios sociales de ámbito general.

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El proyecto de Cartera de servicios sociales de ámbito general se elaborará por el Departamento competente en materia de servicios sociales y se remitirá al Gobierno de Navarra para su aprobación mediante Decreto Foral.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-12-2006 en vigor desde 20-03-2007