Articulo 22 Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual
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»Artículo 22. Documentación que debe aportarse a la comunicación de modificación de datos inscritos en el Registro.
Vigente
Cualquier comunicación de modificación de los datos o actos inscritos en el Registro Estatal de Prestadores del Servicio de Comunicación Audiovisual y, en particular, en el caso de modificaciones relativas a los poseedores de participaciones significativas en un prestador, se acompañará de la correspondiente documentación acreditativa.