Articulo 22 régimen jurídico y de procedimiento de las actividades sujetas a autorización ambiental integrada
Artículo 22. El Plan de inspección ambiental integrada
1. El Plan de inspección ambiental integrada es el documento marco, de carácter plurianual, aprobado por el órgano competente en materia de autorizaciones ambientales integradas, que establece las orientaciones estratégicas en relación con la inspección ambiental a realizar por parte del órgano competente para garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental y de los requisitos impuestos en las autorizaciones ambientales integradas otorgadas a instalaciones situadas en el ámbito territorial de las Illes Balears, con el fin de proteger el medio ambiente y un desarrollo sostenible.
2. Constituye el ámbito material del plan la inspección ambiental integral de las instalaciones que desarrollen actividades incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, que aprueba el Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y, por lo tanto, sometidas a un procedimiento de autorización ambiental integrada concedida por el órgano competente.
3. El Plan se ejecutará mediante el desarrollo de programas anuales en materia de inspección ambiental.
4. Se publicarán en la página web de la CMAIB: el Plan de inspección ambiental integrada y los programas anuales de inspección, la relación actualizada de las instalaciones sujetas al Plan de inspección y, en general, la información relativa a la actividad inspectora.
- Artículo modificado por Decreto Ley 3/2024, de 24 de mayo, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears
(BOIB de 28-05-2024) en vigor desde 29-05-2024