Artículo 22 quinquies. Actualización del plan de neutralidad climática
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Vigente
1. Los titulares evaluarán, en los períodos especificados en el plan de neutralidad climática a que se refiere el artículo 22 ter y siempre que sea necesario, la eficacia del plan de neutralidad climática en lo que respecta a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y aplicarán medidas correctoras cuando proceda para garantizar el cumplimiento de los hitos y metas. Toda actualización solo afectará a los hitos y metas futuros.
2. Cuando el plan de neutralidad climática se actualice con respecto a los hitos y metas, el titular presentará el plan actualizado a la autoridad competente sin demora indebida.
Modificaciones
- Modificación realizada (22 quinquies (se añade)) por Reglamento Delegado (UE) 2024/873 de la Comisión, de 30 de enero de 2024, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2019/331 en lo que respecta a las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión
(DC de 04-04-2024) en vigor desde 04-04-2024 - Texto Original. Publicado el 27-02-2019 en vigor desde 04-04-2024