Artículo 22 quater. Carácter no acumulativo de la reducción del 20 % prevista en los artículos 22 bis y 22 ter
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Vigente
La reducción del 20 % a que se refieren los artículos 22 bis y 22 ter se aplicará a una instalación una sola vez en el período de asignación correspondiente.
Modificaciones
- Modificación realizada (22 quater (se añade)) por Reglamento Delegado (UE) 2024/873 de la Comisión, de 30 de enero de 2024, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2019/331 en lo que respecta a las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión
(DC de 04-04-2024) en vigor desde 04-04-2024 - Texto Original. Publicado el 27-02-2019 en vigor desde 04-04-2024