Articulo 22 Proyectos Est...s Públicos

Articulo 22 Proyectos Estratégicos, Simplificación Administrativa y Evaluación de los Servicios Públicos

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Artículo 22. Unidad administrativa para la creación de empresas.

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La Administración regional garantizará que se sustancien ante una única unidad administrativa las solicitudes y trámites que sean preceptivos para el inicio de una actividad empresarial. Desde esta unidad, mediante procesos telemáticos, se obtendrá información y se canalizarán los diversos trámites de inicio de una actividad empresarial, tanto los propios de la Comunidad Autónoma como los de las demás administraciones competentes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-03-2014 en vigor desde 28-03-2014