Articulo 22 Protección de...biológicos

Articulo 22 Protección de trabajadores contra riesgos relacionados con agentes biológicos

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Artículo 22. Entrada en vigor

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La presente Directiva entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-10-2000 en vigor desde 06-11-2000