Articulo 22 politica industrial

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Artículo 22. Finalidades y fomento de la calidad industrial

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1. La Administración de la Generalidad debe asumir el objetivo de implantar sistemas de gestión de la calidad en los servicios públicos vinculados a las actividades industriales y de servicios dirigidos a la producción.

2. El departamento competente en materia de industria debe promover e impulsar la calidad industrial de las empresas, con el fin de fomentar la competitividad y la seguridad y la calidad de los procesos y productos y servicios ofrecidos por las empresas, y debe impulsar y promover la implantación y la mejora de los sistemas de gestión de la calidad en las empresas, así como la adquisición por parte de las administraciones públicas catalanas de productos conformes con las normas técnicas aplicables.

3. La actividad de fomento de la calidad industrial debe llevarse a cabo con la participación de agentes sociales, sectores y partes interesadas de la actividad económico-social afectados por estas medidas.

4. Los estándares de calidad no tienen carácter obligatorio, salvo que así lo exija una disposición legal. Por razones de seguridad o por motivos de interés general puede exigirse, por reglamento, el cumplimiento de aspectos determinados del ámbito voluntario de la calidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-07-2009 en vigor desde 10-07-2009