Articulo 22 Participación voluntaria de la ciudadanía en el sistema vasco de atención de emergencias
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»Artículo 22.- Movilización en emergencias.
Vigente
Las entidades colaboradoras en materia de protección civil serán movilizadas por el Centro de Coordinación de Emergencias SOS-Deiak, de acuerdo con lo establecido en el convenio de colaboración formalizado al efecto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-02-2010 en vigor desde 16-02-2010