Articulo 22 Participación...mergencias

Articulo 22 Participación voluntaria de la ciudadanía en el sistema vasco de atención de emergencias

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 22.- Movilización en emergencias.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las entidades colaboradoras en materia de protección civil serán movilizadas por el Centro de Coordinación de Emergencias SOS-Deiak, de acuerdo con lo establecido en el convenio de colaboración formalizado al efecto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-02-2010 en vigor desde 16-02-2010