Articulo 22 Oficina Antifraude
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Artículo 22. Presentación

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El director o directora de la Oficina Antifraude de Cataluña debe rendir cuenta anualmente de la gestión de la Oficina ante el Parlamento de Cataluña con una memoria que es pública. El director o directora de la Oficina debe presentar la memoria de cada año dentro del primer trimestre del año siguiente.