Articulo 22 Normas y procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas
Artículo 22. Disposiciones transitorias
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20, se permitirá el uso de UAS en la categoría abierta que no cumplan los requisitos de las partes 1 a 5 del anexo del Reglamento Delegado (UE) 2019/945 de la Comisión (*) durante un período transitorio que finalizará el 31 de diciembre de 2023, en las condiciones siguientes:
a) las aeronaves no tripuladas con una masa de despegue inferior a 500 g son utilizadas con arreglo a los requisitos operacionales establecidos en el punto 1 de la sección UAS.OPEN.020 de la parte A del anexo por un piloto a distancia que tenga el nivel de competencia definido por el Estado miembro interesado;
b) las aeronaves no tripuladas con una masa de despegue inferior a 2 kg son utilizadas a una distancia horizontal mínima de 50 m de las personas, y los pilotos a distancia tienen un nivel de competencia al menos equivalente al establecido en el punto 2 de la sección UAS.OPEN.030 de la parte A del anexo;
c) las aeronaves no tripuladas con una masa de despegue inferior a 25 kg son utilizadas con arreglo a los requisitos operacionales establecidos en los puntos 1 y 2 de la sección UAS.OPEN.040 y los pilotos a distancia tienen un nivel de competencia al menos equivalente al establecido en el punto 4, letra b), de la sección UAS.OPEN.020 de la parte A del anexo.
(*) Reglamento Delegado (UE) 2019/945 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, sobre los sistemas de aeronaves no tripuladas y los operadores de terceros países de sistemas de aeronaves no tripuladas (DO L 152 de 11.6.2019, p. 1).
- Modificación realizada (22) por Reglamento de Ejecución (UE) 2022/425 de la Comisión, de 14 de marzo de 2022, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 por lo que respecta al aplazamiento de las fechas de transición para la utilización de determinados sistemas de aeronaves no tripuladas en la categoría «abierta», así como la fecha de aplicación de los escenarios estándar para las operaciones ejecutadas dentro o más allá del alcance visual
(DC de 15-03-2022) en vigor desde 04-04-2022 - Modificación realizada (22 (primer párrafo)) por Reglamento de Ejecución (UE) 2020/746 de la Comisión de 4 de junio de 2020 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 en lo que respecta al aplazamiento de las fechas de aplicación de determinadas medidas en el contexto de la pandemia de COVID-19
(DC de 05-06-2020) en vigor desde 06-06-2020 - Artículo modificado por Reglamento de Ejecución (UE) 2020/639 de la Comisión de 12 de mayo de 2020 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 en lo que concierne a los escenarios estándar de operaciones ejecutadas dentro o más allá del alcance visual
(DC de 13-05-2020) en vigor desde 02-06-2020