Articulo 22 Medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola
Artículo 22. Comprobación del material.
Los beneficiarios de la ayuda deberán asegurarse de la conformidad del material de información y promoción elaborado en el marco de los programas tanto con la normativa de la Unión Europea, como con la legislación del tercer país en el que se desarrolle el programa. Para ello, el beneficiario presentará ante la comunidad autónoma competente o al Fondo Español de Garantía Agraria, en su caso, una declaración responsable donde indique la conformidad de dicho material y el cumplimiento de la normativa de aplicación correspondiente, así como evidencias de la prueba de llegada a destino del material promocional utilizado por parte del destinatario en el tercer país, siempre y cuando sea susceptible de ser utilizado en otro mercado distinto al país de destino.
- Texto Original. Publicado el 03-11-2018 en vigor desde 04-11-2018