Articulo 22 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Madrid
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Artículo 22. Modificación parcial de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid

Vigente

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Se añade una nueva letra f) al artículo 36.6 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con el siguiente tenor literal:

"f) En suelo urbano, el deber de cesión de suelo recogido en la letra a) podrá satisfacerse mediante el pago de su equivalente en dinero, cuando dentro del ámbito de actuación no se disponga de la superficie necesaria para ello. Dicho deber se cumplirá en el momento del otorgamiento de la licencia de obra y, en su caso, licencia de actividad.

Las medidas compensatorias recogidas en el artículo 67.2 podrán ser materializadas según lo expuesto en el párrafo anterior".

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2013 en vigor desde 01-01-2014