Articulo 22 Mediación Fam...de Galicia

Articulo 22 Mediación Familiar de Galicia

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Artículo 22. Infracciones graves.

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Son infracciones graves:

a) El abandono de la función mediadora sin causa justificada.

b) La negativa a proporcionar la información sobre un procedimiento de mediación en curso cuando la misma sea requerida por la autoridad judicial o el Ministerio Fiscal.

c) La intervención en un proceso de mediación cuando se dé alguna de las causas de abstención reglamentariamente señaladas.

d) La grave falta de consideración con las partes sometidas a mediación.

e) Haber sido sancionado por la comisión de tres faltas leves en un período de un año.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-06-2001 en vigor desde 18-03-2002