Articulo 22 desarrolla la... del juego

Articulo 22 desarrolla la Ley 13/2011 -regulación del juego- en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros del juego

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 22. Contenido de la resolución.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La resolución de otorgamiento de autorización recogerá cuantos requisitos se establezcan por la Comisión Nacional del Juego y, al menos, los siguientes.

a) Identificación de la persona física o jurídica autorizada, domicilio y, en su caso, capital social.

b) Identificación de la modalidad y tipo de juego y reglas del mismo.

c) Fecha de celebración del juego o evento autorizado.

d) Ámbito territorial de la autorización.

e) Medio de comercialización del juego.

f) Importe a satisfacer por los participantes en el juego.

g) Condiciones de los premios a otorgar por el juego autorizado, cuantía de los mismos y, en su caso, límites que se establezcan en relación con su importe.

h) Autorización para la realización de actividades publicitarias o de promoción.

i) Los sistemas, procedimientos o mecanismos establecidos, de acuerdo con la naturaleza del juego autorizado, para evitar el acceso por parte de las personas incursas en alguna de las prohibiciones subjetivas establecidas en el artículo 6 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego y especialmente los dirigidos a garantizar que se ha comprobado la edad de los participantes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-11-2011 en vigor desde 16-11-2011