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Articulo 22 Cooperación para el desarrollo

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Artículo 22. Atribuciones del Parlamento de las Illes Balears

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Corresponde al Parlamento la aprobación del plan director, de acuerdo con lo previsto en esta ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-06-2005 en vigor desde 01-07-2005