Articulo 22 Contratación pública socialmente responsable
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Artículo 22. Procedimientos de contratación centralizada.

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Con el objetivo de racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos, la consejería competente en materia de hacienda podrá declarar de contratación centralizada los suministros, obras y servicios que se contraten de forma general, tengan características especialmente homogéneas y sean de utilización o ejecución común para el conjunto de la Junta de Extremadura y su sector público autonómico que tengan la consideración de poder adjudicador, de conformidad con lo previsto en la legislación básica de contratos del Estado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019