Articulo 22 Código de Conducta del personal de la Guardia Civil
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»Artículo 22. Espíritu de Cuerpo y compañerismo.
Vigente
1. Mantendrán el espíritu de Cuerpo, como sentimiento de honor y orgullo compartido, inspirado en un profundo sentido de pertenencia a la Guardia Civil.
2. El respeto, la lealtad, la confianza y la cooperación deberán presidir las relaciones entre compañeros. En ningún caso, un compañerismo mal entendido dará cabida al encubrimiento y a la justificación de conductas que comporten el incumplimiento de las leyes o que comprometan los principios de este Código de Conducta.
3. Tratarán al personal retirado con el respeto, reconocimiento y consideración que merecen su dedicación y los servicios prestados, guardando, en todo momento, las debidas muestras de cortesía y compañerismo propias de la Institución.