Artículo 22 bis. La Ponencia de Titulares de Taxis.
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 22 bis. La Ponencia de Titulares de Taxis.
Vigente
1. La Ponencia de Titulares de Taxis es el órgano de colaboración y consulta del Consorcio en las materias de carácter técnico-económico relativas al sector del taxi. Está integrada para las asociaciones más representativas del sector del taxi en la isla de Mallorca.
2. La composición y el régimen de funcionamiento de la Ponencia de Titulares de Taxis deben ser determinados por las disposiciones reglamentarias de desarrollo de esta ley.
Modificaciones
- Modificación realizada (22 bis (se añade)) por Decreto Ley 3/2024, de 24 de mayo, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears
(BOIB de 28-05-2024) en vigor desde 29-05-2024 - Texto Original. Publicado el 22-06-2006 en vigor desde 29-05-2024