Articulo 22 Archivos de Aragón

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Artículo 22.

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El Departamento de Cultura y Educación velará por la conservación y seguridad de los archivos y documentos que integran el Sistema de Archivos de Aragón y por la reintegración al mismo de aquellos que se encuentren depositados fuera de la Comunidad Autónoma, bien sea en su forma original o en cualquier sistema de reproducción gráfica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-12-1986 en vigor desde 21-12-1986