Articulo 22 Acuerdo del C... de la LGP

Articulo 22 Acuerdo del Consejo de Ministros de 30/05/2008, por el que se da aplicación a la previsión de los articulos 152 y 147 de la LGP

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Vigésimo segundo.-

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En los expedientes de convenios o contratosprograma a que se refiere el artículo 68 de la Ley General Presupuestaria, los extremos adicionales a que se refiere el apartado primero. 1 g) del presente acuerdo serán los siguientes.

1. Aprobación y compromiso del gasto

a) Que en el texto del convenio o contrato programa se establecen los efectos que han de derivarse del incumplimiento de los compromisos acordados.

b) Que existe informe del servicio jurídico

2. Reconocimiento de la obligación

a) En su caso, certificación expedida por el órgano previsto por el convenio o contrato programa, acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el mismo para realizar los pagos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-06-2008 en vigor desde 13-06-2008