Articulo 22 Accesibilidad universal
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Artículo 22. Uso de la tarjeta

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1. La tarjeta de estacionamiento es personal e intransferible, y no es válida su reproducción. La tarjeta solo se puede utilizar cuando la persona titular conduzca el vehículo o sea transportada por este.

2. El uso de la tarjeta de estacionamiento está condicionado al mantenimiento de los requisitos que fueron exigidos a la persona titular para su otorgamiento.

3. No se puede utilizar una tarjeta de estacionamiento en ausencia de la persona titular sin causa justificada, ni tampoco utilizar una tarjeta de estacionamiento reproducida, manipulada, falsificada o caducada.

4. La utilización indebida de la tarjeta de estacionamiento puede dar lugar a su retirada temporal y a la suspensión de sus efectos, y su uso fraudulento, a su cancelación, sin perjuicio de las sanciones establecidas en el ordenamiento jurídico.

5. En el caso de defunción de la persona titular de la tarjeta, su uso indebido o la no devolución a la administración correspondiente por parte de sus familiares o cuidadores tendrá la consideración de uso fraudulento, con la aplicación de las correspondientes sanciones establecidas en esta ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-08-2017 en vigor desde 06-08-2017