Articulo 217 TR de la ley...imen local

Articulo 217 TR. de la ley municipal y de régimen local

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Artículo 217. Normativa sobre el uso de los bienes.

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El uso de los bienes de servicio público se rige por lo que disponen las normas sobre servicios de los entes locales y, supletoriamente, por las que regulan el patrimonio.

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  • Texto Original. Publicado el 20-05-2003 en vigor desde 21-05-2003