Articulo 216 Reglamento del Registro Mercantil
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»Artículo 216. Escritura pública de transformación.
Vigente
Para su inscripción en el Registro Mercantil, la escritura pública de transformación de sociedad mercantil deberá contener todas las menciones legal y reglamentariamente exigidas para la constitución de la sociedad cuya forma se adopte.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-1996 en vigor desde 31-07-1996