Articulo 216 Reglamento d... Mercantil

Articulo 216 Reglamento del Registro Mercantil

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Artículo 216. Escritura pública de transformación.

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Para su inscripción en el Registro Mercantil, la escritura pública de transformación de sociedad mercantil deberá contener todas las menciones legal y reglamentariamente exigidas para la constitución de la sociedad cuya forma se adopte.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-07-1996 en vigor desde 31-07-1996