Articulo 215 Suelo y Urbanismo
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»Artículo 215. Contenido de las licencias.
Vigente
Las licencias urbanísticas incluirán como mínimo entre sus determinaciones:
El plazo de iniciación.
El plazo máximo de ejecución.
El periodo máximo en que puede estar interrumpida la ejecución de las obras por causa imputable a su promotor.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2006 en vigor desde 20-09-2006