Articulo 214 Suelo y Espa...Protegidos

Articulo 214 Suelo y Espacios Naturales Protegidos

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Artículo 214.- Datos a consignar en la solicitud.

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1. La solicitud deberá indicar la persona que actúa como promotor de la iniciativa y el domicilio a efectos de notificaciones, debiendo hacer referencia al ámbito, sector o unidad de actuación al que se refiere la iniciativa. Asimismo, deberá relacionar la documentación que se acompaña.

A tal efecto, las personas propietarias deberán designar a la persona que actúa como promotor, acuerdo que se acompañará a la solicitud.

2. Cuando con posterioridad a la resolución del establecimiento y adjudicación del sistema se cree una entidad de gestión urbanística, los derechos y obligaciones se entenderán referidos a dicha entidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-07-2017 en vigor desde 01-09-2017